Democracia II

En estas páginas hemos dicho más de una vez que la historia no es otra cosa que política pasada y que cuando el hombre desconoce sus orígenes es fácil presa de mitos y supercherías que lo someten a la resignación y a la servidumbre.

El mito más conocido y repetido en estas latitudes es el que los argentinos descienden de los barcos, pero no de cualquier barco sino de aquellos que venían de Europa y, por supuesto, no de cualquier país de Europa (eslavos abstenerse). A tal punto es así, que a instancia de un ilustre cipayo como lo fue Alberdi, el art.25 de la Constitución Nacional reza en su primer párrafo: “…El gobierno federal fomentará la inmigración europea…”.

De ahí a que un país eminentemente fluvio-marítimo (solo mirar el mapa) sea considerado un país agro-ganadero por excelencia, a instancia de la oligarquía terrateniente que de esa manera pudo concretar pingues negocios con el imperio británico en su momento y con los yankis después. Es sólo cuestión de educar en ese paradigma.

“…Cual es la fuerza que impulsa esos progresos señores, el capital inglés…” decía el jefe del partido unitario en 1861 PARA JUSTIFICAR LA CONDICION DE PAIS COLONIAL, apéndice del imperio británico. Ese y no otro, es el modelo de país que impuso la oligarquía; ese modelo de país que fue restaurado el 16 de setiembre de 1955 y que aun rige en nuestros días.

Un modelo que nos impone una democracia que no cura, no alimenta, no da trabajo digno, -y mal que le pese al llamado “padre de la democracia” no hace la felicidad del Pueblo ni la grandeza de la Nación.

Si convenimos que la constitución de un país es un sistema orgánico de leyes fundamentales que sostienen la organización política de un Estado, o sea que es el marco jurídico que debe sostener el modelo de país que se quiere tener, es por eso que decimos que el marco normativo de la Constitución de 1949 es el que fijaba y enunciaba los medios para asegurar la vigencia de una Patria Justa, Libre y Soberana al dar a los derechos del trabajador, de la ancianidad, de la familia y de la seguridad social un rango constitucional. Por eso, los liberales anularon su vigencia mediante un bando de un gobierno de facto.

En su momento el Partido y el Pueblo Peronista no fueron ajenos a su elaboración y posterior sanción, y de ahí que establecieron la manera de cómo iba a organizarse la riqueza, “….La organización de la riqueza y su explotación tiene por fin el

bienestar del pueblo, dentro de un orden económico conforme a los principios de la justicia social. El Estado, mediante una ley, podrá intervenir en la economía y monopolizar determinada actividad, en salvaguarda de los intereses generales y dentro de los fines fijados por los derechos fundamentales asegurados por esta Constitución. Salvo la importación y exportación que estarán a cargo del Estado de acuerdo con las limitaciones y el régimen que se determine por ley, toda actividad económica se organizara conforme a la libre iniciativa privada siempre que no tenga por fin ostensible o encubierto dominar los mercados nacionales, eliminar la competencia o aumentar usurariamente los beneficios.

Los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón y gas, y las demás fuentes naturales de energía, con excepción de los vegetales, son propiedad imprescriptible e inalienable de la Nación, con la correspondiente participación en su producto que se convendrá con las provincias.

Lo servicios públicos pertenecen originariamente al Estado y bajo ningún concepto podrán ser enajenados o concedidos para su explotación. Los que se hallaren en poder de particulares serán transferidos al Estado mediante compra o expropiación con indemnización previa, cuando una ley nacional lo determine.

El precio por la expropiación de empresas concesionarias de servicios públicos será el costo de origen de los bienes afectados a la expropiación, menos las sumas que se hubieren amortizado durante el lapso cumplido desde el otorgamiento de la concesión y los excedentes sobre una ganancia razonable que serán considerado también como reintegración del capital invertido. (art. 40 CN de 1949).

Ahí está plasmado el modelo de país que quiso y quiere el Pueblo Peronista y que ningún argentino que aspire a vivir en un país digno y soberano puede manifestarse con honestidad intelectual en contra de esta propuesta, salvo claro está que oculte intereses inconfesables, por eso, si no ocultamos nada cuando hablamos de “modelo” sería bueno que se dijera de cual y cuando se habla de “democracia” lo mismo.

Decía Evita “…triste el pobre que oliendo a bosta se cree dueño de las vacas…” y reafirmaba Nelson Mandela ” si no hay comida cuando se tiene hambre, si no hay medicamento cuando se está enfermo, si hay ignorancia y no se respetan los derechos elementales de las personas, la democracia es una cáscara vacía, aunque los ciudadanos voten y tengan parlamento”.

Ricardo BLANCO

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