Florencia Carignano: migraciones y derechos
Por Alvaro Fontana y Pablo Sartirana
Cuando la integración regional implica no sólo la aparición de un espacio supranacional, sino también de nuevos derechos y ciudadanías que expresan la coexistencia de sistemas jurídicos nacionales y el del Mercosur.
Así de esta manera se expresó recientemente, la Dirección de Migraciones del Ministerio del interior, que acaba de resolver en una disposición de su titular, Florencia Carignano un régimen especial de regularización migratoria para extranjeros nacionales de países miembros de la Comunidad del Caribe, así como de la República Dominicana, Cuba y Senegal.
La excepcional medida suspendió, durante su vigencia, las medidas de conminación a hacer abandono del país y/o expulsiones fundadas en los artículos 29 incisos b), i) y k) o 61 de la Ley Nº 25.871, que son ordenadas respecto de los extranjeros que soliciten su regularización en los términos del mencionado régimen que se encuentren o no notificadas o firmes.
Sin lugar a dudas estás medida son la respuesta del Estado a la agravante situación migratoria, siempre teniendo en cuenta que las colectividades han demostrado su arraigo histórico en lo cultural y económico.
Es entonces que el Estado brinda de esta forma una respuesta migratoria que encuentra basamento, entre otras cosas, en los compromisos asumidos por el Estado Argentino en el Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular, del que nuestro país es signatario que representa el nuevo ordenamiento legal dispuesto por las Naciones unidas.
Para nosotros está iniciativa legal representa allanar las enormes dificultades para el ejercicio de los derechos laborales y sociales y una lucha frontal contra aquellos que buscar beneficiarse de la situación de vulnerabilidad.Está demostrado que la regularización es una herramienta para luchar contra aquellos condiciones de vulnerabilidad que podrían llevar o incentivar a la trata de personas y víctimas del tráfico, por eso resulta imprescindible que el estado asuma esta responsabilidad para combatir estos verdaderos flagelos con políticas de protección de los derechos humanos.
Mientras los gobiernos europeos y de Estados Unidos cierran sus puertas a millones de seres humanos provenientes de sus antiguas colonias o actuales semi-colonias, América Latina sigue la enseñanza del Papa Francisco. Migrar no es delito. La comunidad senegalesa, catalogada por el ex candidato a vicepresidente del PRO, Miguel Ángel Pichetto, como “mafiosa” ha dado sobradas muestras de laboriosidad en los centros urbanos de Buenos Aires a pesar de la xenofobia de algunos funcionarios porteños o aporteñados. Esta medida del gobierno nacional es un paso en la dirección correcta, ya que no sólo facilita la inserción laboral en el comercio, sino que también reconoce una situación de hecho, mejorando paulatinamente la calidad de vida de aquellos migrantes que hasta ayer sólo podían trabajar en la clandestinidad y la precariedad.
Esta nueva disposición, impulsada por la Direcciòn de Migraciones nos debe llevar a mencionar que, la sanción de la Ley de Migraciones 25.871 en 2004 marca un hito en la historia de la política migratoria argentina de los últimos treinta años. Durante ese período, las normas legales para la regulación de las migraciones se adecuaron a las circunstancias sólo en forma coyuntural como consecuencia de los cambios de gobierno y debido a la ausencia de una política de población definida en torno a la migración internacional
La nueva regularización està en sintonía con lo que sucedió en el año 2006 cuando la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) implementó el Programa Nacional de Normalización Documentaria Migratoria Patria Grande que, dando cumplimiento a las disposiciones de la nueva Ley de Migraciones 25.871 promulgada en 2004, se inició con el objetivo de facilitar la regularización de los inmigrantes provenientes del MERCOSUR y países asociados. El “criterio de nacionalidad” de la Ley 25.871 (artículo 23 inciso L) había creado un nuevo marco para que la regularización de la población migrante proveniente del MERCOSUR se viese facilitada.
Queremos destacar que la Ley 25.871 se promulgó a comienzos del año 2004 y representa el primer antecedente histórico de una política orientada a la integración del bloque regional. Esta nueva ley que puso fin al marco normativo anterior, sitúa al Estado como garante del derecho a migrar, de la “igualdad” de trato entre nativos y extranjeros y del acceso a los servicios sociales. En el mismo sentido la norma procura facilitar la regularización migratoria, refuerza el reconocimiento de la integración regional y otorga a los ciudadanos de los países de la región un trato especial.
Por eso celebramos y acompañamos la decisión de la directora nacional de Migraciones, Florencia Carignano, por regularizar la situación migratoria de senegaleses en Argentina. Es un reconocimiento al aporte fundamental que realizan los senegaleses a la economía y a la cultura de nuestra Patria Grande. Cabe destacar que la misma política de regularización ha sido promovida por la funcionaria con respecto a nuestros hermanos de Haití y compatriotas dominicanos.