Condenan a Feinmann por difundir noticias falsas

El conductor macrista acusó de asesino al exmilitar Julio Cesar Urien por un hecho ocurrido en 1972. “Afirmó un hecho objetivo que no se ajusta a la realidad”, sentenció el juez.

El periodista Eduardo Feinmann fue condenado por difundir noticias falsas por lo que deberá pagar una multa luego de que la Justicia fallara a favor del exmilitar Julio Cesar Urien, a quien el periodista había acusado de asesino en un programa de televisión por un hecho ocurrido en 1972.

El Tribunal Oral Federal N° 24 de la Ciudad de Buenos Aires condenó al conductor Eduardo Feinmann por haber afirmado que el teniente de fragata retirado, Julio César Urien, había “asesinado a sangre fría” a un cabo de la Armada durante un levantamiento de ocho suboficiales de la Escuela Mecánica de la Armada (ESMA) en apoyo a Juan Domingo Perón durante la dictadura en 1972. 

“Odiado, odiado en la Armada Argentina, porque como ex guardiamarina el tipo mató a un cabo a sangre fría, cuando siendo oficial de guardia de la ESMA la quiso tomar y le pegó un balazo en la cabeza”, había dicho el periodista sobre Urien al aire, mientras conducía un noticiero en el canal A24, por lo que fue llevado ante la Justicia.

A raíz de los dichos, el juez Javier de la Fuente evaluó que incurrió en un delito por difundir noticias falsas al no aportar información que validara su afirmación. “(Feinmann) Le imputó al querellante haber matado de un disparo en la cabeza a un cabo y lo hizo de manera asertiva, sin ninguna referencia a una fuente de información, ni siquiera anónima”, detalló el juez.

Tambíén, el magistrado destacó que, además de ejercer la función periodística, Feinmann es abogado, lo que pone en evidencia “una mayor conciencia del ilícito”.

“(Feinmann) No se limitó a emitir opiniones críticas o juicios de valor, que puedan resultar ofensivos para terceros o el propio destinatario, sino que afirmó un hecho objetivo que no se ajusta a la realidad”, sentenció el magistrado.

Como consecuencia, De la Fuente consideró “razonable imponer el máximo de la sanción pecuniaria prevista” al conductor por medio de una multa de 30 mil pesos y la publicación de la sentencia en los medios de la empresa América Multimedios -dueña del canal de televisión donde ocurrió el hecho juzgado- “a costa del querellado”, en vistas del artículo 114 del Código Penal.

Fuente: Perfil.com

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